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11 de mayo día del Himno Nacional Argentino
viernes, 11 de mayo de 2012
Aniversario 125º de Villa Elisa
viernes, 11 de mayo de 2012
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martes, 08 de mayo de 2012
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domingo, 15 de abril de 2012
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Cómo elegir a los delegados del Gran La Plata Imprimir E-Mail
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miércoles, 21 de diciembre de 2011

Mientras no se democratice la elección del representante comunal en cada localidad, es inútil hablar de un pueblo libre y soberano

Fragmentos de proyectos de Teódulo Domínguez

Ya vamos a incursionar en el año 2012 y todavía se balbucea sobre la organización política y autárquica de las 20 localidades que rodean a la metrópoli de La Plata.
Según el intendente Pablo Bruera son 750.000, aproximadamente, los actuales habitantes de La Plata, capital de la provincia de Buenos Aires.
Significa que unos 400.000 viven en estas 20 localidades y ninguna de ellas tiene un solo representante genuino ante el Departamento Ejecutivo ni ante el Concejo Deliberante.
Todos los delegados “a dedo” representan al intendente municipal en cada pueblo, no a la gente, no a los ciudadanos.
Repito, ningún delegado representa a sus conciudadanos ante el intendente ni ante el Concejo Deliberante.
Ni siquiera funciona el consejo consultivo previsto en una norma municipal, con la función de gabinete local para debatir las cuestiones que preocupan a estos 400.000 habitantes y elevar sus propuestas al Ejecutivo como potencial solución inmediata a sus necesidades diarias, urgentes, inmediatas y mediatas.
Cuando se afirma que el régimen municipal es monárquico y los delegados “a dedo” vasallos del intendente, nadie puede negar esta absurda realidad en el siglo XXI, y en la capital de la provincia más importante de la República Argentina.

¿Qué corresponde hacer?

* En el archivo del Concejo Deliberante se encuentran varios proyectos presentados por la Interactiva Almafuerte de Villa Elisa, que jamás fueron tratados por el Gobierno de La Plata. Deben ser rescatados y actualizarlos.
* En principio, reconocer a estos 400.000 habitantes su condición de ciudadanos argentinos, no simples vecinos ni frentistas. Menos aún sólo ciudadanos al momento de elegir al intendente y concejales.
* Establecer las normas con claridad en el municipio o en la gobernación, para elegir a los representantes de los ciudadanos ante los dos gobiernos. Si Alak, en una ocasión, demostró que tenía autoridad para convocar al pueblo a elegir sus delegados, bien puede repetirse la medida sin argumentaciones evasivas ni leguleyas.
* En estas normas se debe establecer
A) Se convoca a los ciudadanos a elegir a sus delegados ante el Departamento Ejecutivo y Concejo Deliberante.
B) Los candidatos, como en un concurso cualquiera, se inscriben en libertad, si cumplen las condiciones para ser concejal, y aparecen en una boleta única como se realiza en Santa Fe. Sólo debe figurar su identidad, foto y antecedentes, sin filiación partidista.
C) La votación se realiza en una sola jornada, con sistema computarizado, tal como se realiza en un banco para cobrar o retirar dinero.
D) El Concejo Deliberante aprueba una norma por la cual se establece la figura de “Revocatoria de mandato”, con la cual el ciudadano, previo cumplimiento de presentación de un 20% de firmas de los votos emitidos para elegir delegado, solicitan la revocatoria de mandato del elegido y nueva elección de su delegado, tal como lo establece la Constitución de Tierra del Fuego.
E) La norma final, con todos los detalles complementarios, no debe contradecir estos puntos fundamentales.

 
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